En el sistema bancario dominicano permanecen RD$12,239 millones pertenecientes a clientes fallecidos, una suma registrada hasta mayo de este año, según las estadísticas del Sistema de Información del Sistema Bancario Dominicano (SIMBAD).
Los familiares y sucesores de estas personas pueden reclamar los recursos depositados en las entidades de intermediación financiera, siempre que cumplan con los procedimientos y requisitos establecidos por la legislación dominicana para garantizar la seguridad de los fondos y evitar posibles fraudes.
La Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) explica que, mientras los recursos permanecen bajo custodia de las entidades financieras, se suspenden los cargos y comisiones automáticas que pudieran afectar el balance de las cuentas.
Asimismo, los fondos continúan generando la rentabilidad correspondiente, de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato original. Estos recursos pueden ser reclamados por los sucesores en cualquier momento y sin penalidad, ya que esta condición es diferente a la de las cuentas consideradas inactivas o abandonadas. La ABA también señala que las entidades financieras deben reforzar los controles de seguridad sobre estas cuentas, debido al mayor riesgo de posibles fraudes durante el proceso de reclamación.
¿Cómo pueden los familiares reclamar el dinero?
Actualmente, el procedimiento puede resultar complejo para los familiares. El primer paso consiste en solicitar información sobre los productos financieros que tenía el fallecido, trámite que puede realizarse a través de ProUsuario o directamente ante las entidades de intermediación financiera correspondientes. Para obtener esta información es necesario presentar la documentación requerida, entre ella una certificación que detalle los productos bancarios del fallecido y el estado en que se encuentran.
Los sucesores también deben cumplir con el proceso de liquidación del impuesto sucesoral ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Este impuesto corresponde al 3 % del valor del patrimonio sucesoral, luego de aplicar las deducciones establecidas. Una vez completados estos trámites, los herederos deben presentar los documentos originales exigidos por cada entidad financiera para proceder con la entrega de los recursos.
De acuerdo con las disposiciones del Código Civil dominicano, cuando el fallecido estaba casado, el 50 % de los fondos corresponde al cónyuge sobreviviente, mientras que el monto restante debe distribuirse entre los sucesores en las proporciones establecidas por la ley. La entrega puede realizarse mediante uno o varios cheques, dependiendo de la entidad financiera.
Buscan simplificar el proceso
Ante las dificultades que enfrentan los familiares para acceder a estos recursos, la Superintendencia de Bancos (SB) depositó recientemente ante la Cámara de Diputados un anteproyecto de ley destinado a modernizar los procedimientos relacionados con el acceso a información patrimonial y la entrega de bienes y fondos de menor cuantía. La propuesta busca reducir las trabas burocráticas y ofrecer procesos más rápidos y accesibles para ciudadanos que deben realizar trámites tras el fallecimiento de un familiar o en casos relacionados con la disolución de comunidades patrimoniales.
Entre las novedades planteadas figura la creación de un procedimiento simplificado para la entrega de bienes muebles de menor cuantía, así como la eliminación de formalidades consideradas innecesarias.
El anteproyecto también establece una diferenciación entre el derecho de los ciudadanos a conocer la información patrimonial de una persona fallecida y el derecho a retirar los fondos, con el propósito de fortalecer la transparencia y facilitar el acceso a la información. Además, contempla reducir los plazos para obtener datos patrimoniales, limitar oposiciones o medidas conservatorias que carezcan de justificación sobre patrimonios indivisos y fortalecer los derechos de las personas involucradas.
La iniciativa también propone mecanismos más ágiles para acceder a recursos destinados a cubrir gastos funerarios y otras necesidades urgentes, al tiempo que promueve sistemas tecnológicos interoperables que permitan reducir la carga administrativa de estos procesos.
Con estas medidas, la Superintendencia de Bancos busca facilitar que los recursos pertenecientes a personas fallecidas puedan llegar de manera más rápida y segura a sus legítimos sucesores.








