La Junta Central Electoral (JCE) recordó a los sectores y ciudadanos interesados en crear nuevas organizaciones políticas que obtener el reconocimiento oficial requiere cumplir una serie de requisitos establecidos en la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
El organismo explicó que la legislación establece diferencias según el alcance territorial de cada organización. Los partidos políticos tienen carácter nacional, mientras que las agrupaciones pueden operar a nivel provincial o municipal y los movimientos políticos están limitados al ámbito municipal.
Además de definir su alcance, los promotores deben presentar estatutos, principios, estructura organizativa y símbolos propios. La normativa prohíbe utilizar símbolos patrios, nombres de próceres o elementos que puedan confundirse con los de organizaciones políticas previamente reconocidas.
El respaldo ciudadano es uno de los principales requisitos
Uno de los aspectos más exigentes para obtener el reconocimiento es demostrar respaldo electoral.
Las organizaciones interesadas deben presentar firmas equivalentes al 2 % de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones, debidamente organizadas por calle y sector, tanto en formato físico como digital.
Este requisito implica que no es suficiente contar con seguidores en redes sociales, simpatizantes o participación en actividades públicas; se debe demostrar formalmente el respaldo ciudadano exigido por la ley.
También deben demostrar presencia territorial
La JCE establece además requisitos relacionados con la estructura territorial y organizativa.
Los partidos políticos deben contar con locales físicos activos y mantener funcionando sus directivas provisionales. En el caso de las organizaciones de alcance nacional, se exige presencia en los municipios y una sede en Santo Domingo o el Distrito Nacional.
A esto se agregan obligaciones financieras. Los promotores deberán presentar un presupuesto que detalle los ingresos y gastos realizados durante el proceso de formación, así como una proyección financiera anual hasta la celebración de las elecciones.
El plazo vence en febrero de 2027
La JCE también recordó que quienes aspiren a obtener el reconocimiento deberán presentar la documentación 12 meses antes de las elecciones.
De acuerdo con el calendario divulgado por el organismo electoral, el plazo para depositar las solicitudes vence el 20 de febrero de 2027.
Posteriormente, la Junta tendrá hasta cuatro meses antes de las elecciones para evaluar y decidir sobre las solicitudes, estableciéndose el 20 de octubre de 2027 como fecha límite para esas decisiones.
El recordatorio de la JCE se produce en un escenario en el que distintas figuras y sectores han mostrado interés en impulsar nuevas organizaciones políticas con miras a las próximas elecciones, dejando claro que el proceso requiere cumplir condiciones legales, territoriales, organizativas y financieras.





