La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia dejó vigente la condena contra el exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez Sánchez, quien deberá pagar RD$2 millones al periodista Marino Zapete por concepto de daños morales relacionados con la salida del aire de su programa El Jarabe de Zapete.
El tribunal declaró inadmisible el recurso de casación presentado por Rodríguez Sánchez, al determinar que no demostró la existencia del interés casacional exigido por la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación. Con esta decisión permanece vigente el fallo emitido el 26 de agosto de 2024 por la Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
La indemnización incluye además un interés judicial de 1.5 % mensual, calculado desde la notificación de la sentencia hasta que sea ejecutada en su totalidad.
La Corte de Apelación también había rechazado la demanda contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, y determinó que no fueron demostrados los daños materiales reclamados por Zapete.
El origen de la disputa
El conflicto judicial se remonta a septiembre de 2019, cuando Marino Zapete presentó en su programa una investigación sobre contratos para el suministro de cemento asfáltico AC-30 suscritos entre el entonces Ministerio de Obras Públicas y el Grupo Asimra, SRL.
Dos de esos contratos habían sido firmados en 2017 por Maybeth Rodríguez Sánchez, en representación de la empresa. Tras la publicación de la investigación, Zapete solicitó que se indagaran las contrataciones, mientras Rodríguez Sánchez negó haber sido suplidora del Estado y posteriormente presentó una acusación privada por difamación contra el comunicador, proceso del que desistió en 2020.
Zapete sostuvo que Jean Alain Rodríguez ejerció presiones para que se retractara de sus señalamientos y que, ante su negativa, su programa salió del aire. El periodista alegó que esta situación le provocó daños morales y materiales.
Aunque un tribunal de primera instancia había rechazado la demanda en 2022 por considerar insuficientes las pruebas, la Corte de Apelación posteriormente revocó esa decisión y estableció la responsabilidad civil del exprocurador, fijando la indemnización en RD$2 millones.
Suprema Corte rechaza argumentos de Rodríguez
Al recurrir la sentencia, Jean Alain Rodríguez alegó violaciones a su derecho de defensa, falta de motivación en la valoración de las pruebas y cuestionó la participación de una magistrada en el proceso, alegando un supuesto conflicto de interés.
La Primera Sala, sin embargo, concluyó que el recurso no cumplía con los requisitos para ser conocido en casación, debido a que Rodríguez Sánchez no acreditó que la decisión apelada contradijera jurisprudencia, que existieran criterios judiciales contradictorios sobre el tema o que fuera necesario establecer una nueva doctrina.
Respecto al cuestionamiento contra la magistrada Maritza Elupina Capellán Araujo, la Suprema Corte señaló que durante el proceso de apelación no fue presentada una recusación en su contra. También indicó que su ausencia como firmante de la sentencia definitiva se debió a un error material que no invalidaba la decisión. Con la inadmisibilidad del recurso, queda firme la condena civil impuesta contra el exprocurador a favor de Marino Zapete.





