La Junta Central Electoral dio a conocer el reglamento que regula el registro y habilitación de firmas encuestadoras, además de fijar las normas para la difusión de encuestas y sondeos relacionados con procesos electorales en el país.
La nueva disposición tiene como propósito fortalecer la transparencia, garantizar el cumplimiento de criterios técnicos y promover mayor equidad durante los períodos de precampaña y campaña electoral. Según el reglamento, todas las empresas dedicadas a estudios de opinión con fines electorales deberán inscribirse previamente ante la JCE y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral 20-23.
Entre la documentación exigida figuran los estatutos de la empresa, listado de accionistas, integración del consejo administrativo y los perfiles profesionales del personal técnico encargado de elaborar las encuestas.
La normativa también obliga a las firmas encuestadoras a incluir en cada publicación informaciones metodológicas detalladas, como tamaño de la muestra, margen de error, nivel de confianza, método de selección de participantes, modalidad de entrevistas y el contenido completo de las preguntas aplicadas. Asimismo, las empresas autorizadas deberán mostrar de manera visible el número de registro otorgado por la JCE y la fecha de actualización de su acreditación oficial.
En cuanto a las sanciones, el reglamento contempla multas, suspensión temporal e incluso cancelación definitiva del registro para aquellas firmas que incumplan las disposiciones establecidas o divulguen encuestas fuera de los períodos permitidos por la legislación electoral.
La disposición prohíbe publicar sondeos electorales antes del inicio oficial de la precampaña, que de acuerdo con la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos comienza el primer domingo de julio del año previo a las elecciones. Respecto a las encuestas a boca de urna o “exit poll”, la JCE indicó que estas solo podrán realizarse si son notificadas previamente al organismo electoral con al menos ocho días de antelación, especificando los lugares y objetivos del estudio.
El órgano electoral también informó que las firmas encuestadoras ya registradas dispondrán de un plazo de 30 días laborables para actualizar sus expedientes ante la Dirección Nacional de Elecciones. La Junta Central Electoral explicó que el reglamento fue sometido a consulta pública y debatido durante una audiencia realizada el 5 de junio de 2025, con la participación de partidos políticos, representantes de empresas encuestadoras y diversos sectores de la sociedad civil.






