Defensa califica de drástica prisión preventiva impuesta a Johanna Herrera por hecho con saldo mortal en Baní

Baní, provincia Peravia. El abogado José Luis Puello, representante legal de Johanna Herrera, calificó como drástica, excesiva y carente de proporcionalidad la decisión de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de la provincia Peravia, que impuso tres meses de prisión preventiva contra su defendida por un hecho en el que resultó una persona fallecida.

Puello manifestó que, aunque la defensa comprende que el tribunal valore la gravedad del resultado, al tratarse de una muerte, ello no implica automáticamente que Johanna Herrera sea responsable penal de los hechos, ni justifica la imposición de la medida más severa prevista en el Código Procesal Penal.

El jurista sostuvo que la magistrada no ponderó de manera objetiva los elementos probatorios aportados por la defensa, señalando que en el video que circula públicamente —y que forma parte del proceso— no se observa que su representada agreda verbal ni físicamente al hoy occiso, lo cual, a su juicio, debió ser determinante al momento de evaluar la necesidad de la prisión preventiva.

Asimismo, afirmó que el tribunal ignoró los presupuestos de arraigo debidamente demostrados, entre ellos la condición personal y familiar de Johanna Herrera, quien es madre de seis hijos menores de edad, incluyendo un bebé de cuatro meses, encontrándose actualmente en estado de lactancia.

En ese sentido, Puello recordó que el artículo 238, párrafo 2, del Código Procesal Penal es claro al establecer que la prisión preventiva no debe ser impuesta a mujeres embarazadas ni a madres lactantes, disposición que —según indicó— fue expuesta y documentada ante el tribunal sin recibir la debida valoración.

“El criterio aplicado por la jueza fue drástico y no se corresponde con los principios de excepcionalidad y proporcionalidad que rigen la prisión preventiva”, expresó el abogado, quien reiteró que la defensa no cuestiona la autoridad judicial, pero sí discrepa de manera firme con la medida impuesta, por entender que existen opciones menos gravosas que garantizan la presencia de la imputada en el proceso.

Puello aseguró que, a partir de los indicios probatorios presentados por el Ministerio Público, Johanna Herrera no reúne las condiciones legales para permanecer en prisión preventiva, razón por la cual la defensa entiende que correspondía una medida distinta, como la presentación periódica u otra garantía procesal.

Finalmente, informó que están a la espera de la notificación íntegra de la resolución, para proceder conforme a derecho y recurrir la decisión ante la instancia correspondiente, al considerar que la medida impuesta no se ajusta al marco legal vigente ni a las circunstancias particulares del caso.

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