La Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional otorgó el exequátur solicitado por la empresa Latin Events, LLC, permitiendo que una sentencia emitida por una corte de Estados Unidos tenga fuerza ejecutoria en territorio dominicano.
La decisión, contenida en el Auto núm. 036-2026-SAUT-00294, reconoce la sentencia dictada el 21 de noviembre de 2025 por la Corte de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, mediante la cual se condenó a la Junta Central Electoral (JCE) al pago de US$838,337.50 por servicios logísticos contratados para actividades institucionales en el extranjero que, según el fallo, no fueron saldados.
A ese monto se suman US$48,370.93 correspondientes a intereses previos al juicio y US$20,628.00 por intereses posteriores, conforme a la legislación estadounidense aplicable.
De acuerdo con la decisión, la corte estadounidense emitió la condena en rebeldía luego de comprobar que la JCE fue notificada correctamente y no compareció al proceso ni presentó defensa. Al no interponerse recurso de apelación dentro del plazo establecido, la sentencia quedó firme.
El tribunal dominicano verificó que la sentencia cumplía con los requisitos establecidos en la Ley 544-14 sobre Derecho Internacional Privado, incluyendo su legalización, traducción y compatibilidad con el orden público nacional.
La empresa Latin Events, LLC estuvo representada en el proceso por el abogado Julio Cury, quien afirmó que las instituciones públicas que contratan servicios en el extranjero no están exentas de responsabilidad ante incumplimientos contractuales y que la JCE deberá cumplir con el pago establecido por la justicia.





