El juez Franny González, de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, acogió este viernes la solicitud de varias partes querellantes para cambiar la calificación jurídica del caso Jet Set a homicidio voluntario y golpes y heridas voluntarios, sustentados en dolo eventual, en el proceso seguido contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat.
Como consecuencia de la decisión, el expediente será remitido a un tribunal colegiado del Distrito Nacional, debido a que la nueva calificación contempla penas que exceden la competencia del tribunal que conocía el proceso. El juicio deberá comenzar desde cero ante el nuevo tribunal, cuya designación se realizará mediante sorteo.
“Producto de esta decisión, el proceso es interrumpido y comienza desde cero en el nuevo tribunal”, explicó el magistrado al comunicar su decisión a las partes.
Juez considera que los imputados conocían el deterioro del techo
Al fundamentar su decisión, González señaló que las pruebas presentadas durante el juicio indican que los imputados tenían conocimiento de las condiciones de deterioro del techo y habían recibido advertencias documentadas sobre los riesgos que representaba la estructura. Según el magistrado, pese a esas señales de peligro, el establecimiento permaneció abierto y permitió el acceso y la permanencia de personas.
El juez consideró que los elementos examinados van más allá de una simple falta de mantenimiento o de una omisión del deber de cuidado, al entender que las circunstancias descritas en las pruebas sustentan una calificación basada en el dolo eventual. Para llegar a esa conclusión, indicó que valoró testimonios, peritajes y evidencias audiovisuales y auditivas presentadas por el Ministerio Público. También sostuvo que los hechos descritos en la acusación encuentran respaldo en los elementos examinados, aunque entiende que deben calificarse como delitos dolosos y no involuntarios.
Rechaza agravantes y remite el expediente a otro tribunal
El magistrado acogió la solicitud de variación presentada por varias partes querellantes, actores civiles y acusadores particulares, con fundamento en los artículos 295 y 309 del Código Penal, sin modificar ni ampliar los hechos contenidos en la acusación. No obstante, rechazó aplicar las circunstancias agravantes previstas en el artículo 304, relacionadas con un crimen precedido, acompañado o seguido de otro crimen, al considerar que sus presupuestos no habían sido justificados hasta esta etapa del proceso.
González explicó que la nueva calificación contempla una pena de tres a veinte años de reclusión mayor, razón por la que ordenó enviar el expediente a la Presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para su asignación, mediante sorteo, a uno de los tribunales colegiados. Asimismo, dispuso que la decisión íntegra sea notificada de inmediato a las partes y eximió el incidente del pago de costas judiciales.
El proceso está relacionado con el desplome del techo de la discoteca Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025, tragedia que dejó 236 personas fallecidas y más de 180 heridas.







