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Iglesias católica y evangélicas rechazan fallo del Tribunal Constitucional que despenaliza relaciones homosexuales en cuerpos castrenses

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que elimina las sanciones por relaciones homosexuales dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas ha generado una reacción unificada de rechazo por parte de las principales organizaciones cristianas del país, tanto católicas como evangélicas.

Críticas desde la Iglesia Católica

El nuevo obispo coadjutor de Santo Domingo, Monseñor Carlos Tomás Morel Diplán, se ha convertido en la principal voz de la Iglesia Católica en contra del fallo, al considerarlo “desacertado” e “inconveniente”.
Según afirmó, el TC “debió ponderar mejor el tema”, y advirtió que la anulación de los artículos que penalizaban la “sodomía” abre la puerta a prácticas que, a su juicio, envían “una mala señal a la sociedad”.

Morel Diplán sostuvo que la decisión puede impactar a instituciones “sensibles” como los cuerpos castrenses y reiteró la importancia de “resguardar los valores familiares y la unidad entre hombre y mujer”.
El obispo también afirmó que el tema de la homosexualidad “se está manejando de manera sutil”, recordando episodios previos como la boda entre dos hombres oficiada por el exembajador estadounidense James “Wally” Brewster.

Reacción del sector evangélico: “Una aberración ética”

Las organizaciones evangélicas respaldaron firmemente la postura católica.
La Mesa de Diálogo y Representación Cristiana calificó la sentencia TC/1225/25 como una “aberración ética” y un atentado contra los valores morales y espirituales del país. Aseguran que la decisión desconoce principios constitucionales y afecta la esencia disciplinaria de las instituciones militares.

El Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue), presidido por Feliciano Lacen, también expresó su rechazo, afirmando que el fallo representa un “proceso de erosión cultural” y crea un precedente “peligroso”.
Ambas entidades exigieron a las autoridades evaluar mecanismos para revertir la sentencia.

Lo que dice la sentencia del TC

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales:

  • el artículo 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional (Ley 285)
  • el artículo 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas (Ley 3483)

Ambas normas imponían de dos meses a dos años de prisión por “sodomía” entre integrantes de los cuerpos castrenses.

El TC concluyó que estas disposiciones violaban el principio de razonabilidad y constituían discriminación por orientación sexual, vulnerando derechos fundamentales como la intimidad, el desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo.

No obstante, la sentencia no fue unánime. La magistrada Eunisis Vásquez Acosta emitió un voto disidente, señalando que las reglas militares tienen un carácter especial y permiten la limitación de ciertos derechos con el fin de mantener la disciplina y cohesión, un argumento que coincide con las preocupaciones planteadas por las iglesias.

La decisión ha reavivado un intenso debate nacional sobre derechos fundamentales, disciplina militar y el alcance de la protección constitucional frente a la diversidad sexual.