Digesett solo puede retener tu vehículo si no tienes documentos

En un operativo realizado frente a Sambil, varios agentes de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte (Digesett) detuvieron a motociclistas que habían cometido la infracción de circular por un paso a desnivel, una medida que, aunque frecuente, plantea dudas sobre su legalidad según la ley vigente.

El procedimiento fue claro: cinco agentes se ubicaron estratégicamente, detuvieron el tráfico y ordenaron a los conductores de los motores que se desmontaran para remolcar los vehículos hacia la acera. En un camión con remolque, fueron almacenadas diez motocicletas, todas por la misma infracción: haber circulado por un paso a desnivel, lo que las llevó a diversos centros de retención.

¿Es Legal la Incautación de Vehículos por Circular por un Paso a Desnivel?

Según la Ley 63-17, que regula el tránsito y transporte en el país, la infracción de pasar por un paso a desnivel no es una causa válida para incautar un vehículo. La ley establece situaciones específicas en las que un agente puede retener un vehículo, y el hecho de circular por un paso elevado no se encuentra entre ellas.

El coronel José Hernández, se explicó que la incautación de motocicletas se realiza cuando el conductor no posee la documentación requerida para circular, como el seguro del vehículo. En ese caso, se retiene el motor hasta que el propietario presente la documentación adecuada.

Ejemplo de la Ley 63-17:

La ley establece que cuando los agentes de la Digesett determinen que un conductor no porta la póliza de seguro del vehículo, pueden retener el vehículo hasta que se adquiera o renueve dicha póliza.

En resumen, aunque la circulación por un paso a desnivel está prohibida, la incautación de un vehículo no debe basarse únicamente en esta infracción, sino en la falta de documentos o la presencia de otras infracciones que justifiquen la retención.